HISTORIA

El día 17 de enero de 1971 en San Ignacio, Capital de la provincia Velasco del Departamento de Santa Cruz a horas 16:00, se reunieron en la casa particular del Sr. Carlos Mayser Ardaya los señores:

Carlos Mayser Ardaya, Celin Jimenez Roca, Santiago Sanguino M., Jorger Prestel K., Juan Cochamanidis S., Augusto David Pereira, Max Lagenbacher E., Amador Paz, Jorge Ardaya S., Saul Mendia P., Erwin Mayser Ardaya, Rene Midadagh Hurtado, Heman Schoeder P., Esmerildo Pedraza F., Andres Roca Roca, Julio Bañon A., Oscar Añez R., Ignacio Ardaya D., Juan Mustafa I.,  Pedro Tarrazona S., Rolando Castedo, Oswaldo Justlniano R., Mario Aguirre Tapia, Romulo Kaiser Barros, Ruben Pedraza V., Humberto Jimenez P., Hugo Jimenez M., Bardelian Navallo Maldonado, Facundo Mendía R., Manuel Arispe L., Ignacio Ardaya C.

Después  de  prolongadas  deliberaciones  y  análisis  de  la  actual  situación  de  la  ganadería  las opiniones coincidieron en  la necesidad de  una organización  que cumpla  una  labor  realmente efectiva  en  pro  de  la  ganadería  con  efectos  positivos  en  la  solución  de  los  problemas  que confronta este sector de la actividad privada, procediéndose de inmediato a la designación del directorio  por  el  primer  periodo  y  adoptando  el  sistema  de  gobierno  colegiado  resultando elegidos por aclamación los siguientes:

PRIMER PRESIDENTE: Sr. Facundo Mendia Roca

SEGUNDO PRESIDENTE: Sr. Carlos Mayser Ardaya

TERCER PRESIDENTE: Sr. Bardelian Navallo Maldonado

CUARTO PRESIDENTE: Sr. Ruben Pedraza V.

SECRETARIO DE ACTAS: Sr. Ignacio Ardaya D.

SECRETARIO DE HACIENDA: Sr. Rolando Castedo Salvatierra

Luego de tomar posesión la flamante directiva, se aprobó el nombre de la Institución con el denominativo de "ASOCIACION DE GANADEROS DE LA PROVINCIA VELASCO", que tendrá como finalidad fundamental la defensa mutua de los ganaderos asociados y promover el desarrollo de la ganadería con carácter de organización gremial.

Su constitución legal se obtiene mediante Resolución Suprema Nº 203828, el 25 de Enero 1988 en la ciudad de La Paz, aprobado sus Estatutos en sus VIII Capítulos y 58 Artículos Amparados en el Art. 58 del Código Civil y Art. 7 inc. d y 159 de la Constitución Política del Estado de ese entonces.


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